Nosotros somos un grupo de abogados de migración en Panamá que vemos los diferentes tipos de visas, permisos y trámites en el Servicio Nacional de Migración.
Panamá es un país excelente para vivir, debido a su gran avance mucho en los últimos años, contamos con una economía pujante, un impresionante desarrollo turístico con sitios paradisíacos y tranquilos ideal para retirarse e invertir en diferentes sectores comerciales. La ampliación del canal de Panamá, atrae grandes inversionistas a nivel mundial. Panamá es un país en vías de desarrollo pero ideal para establecer su residencia y negocios nacionales como internacionales por su excelente posición geográfica.
Las normas que rigen las políticas migratorias en Panamá están en el Decreto Ley N°3 de 22 de febrero de 2008.
Residentes temporales son las personas extranjeras y sus dependientes que ingresan a Panamá, por distintas razones tales como: funciones laborales, estudios o educación, fines culturales, religiosos humanitarios y de re-agrupación familiar por un lapso de 6 años, excepto aquellos casos que se disponga lo contrario leyes especiales o convenios internacionales que dispongan otros periodos o plazos.
Son dependientes de residentes, los esposos(as), los padres y los niños menores de menores de 18 años, que sean los hijos de residentes. Cuando se trate de hijos mayores de 18 y con límite de edad hasta 25 también califican como dependiente de residente mientras que estudien de años quienes califican como dependientes, siempre y cuando estudien regularmente en algún centro educativo o universitario y mantengan dependencia económica de sus padres. El permiso o visa no será por un periodo mayor que el tiene el aplicante principal o residente.
Es la persona de nacionalidad extranjera que ingresa a Panamá para distintos propósitos tales como: económicos, inversiones en distintos sectores, leyes y políticas especiales acogidas por el Gobierno Nacional.
Todas las solicitudes que se presentan ante el Servicio Nacional de Migración deben ser presentadas por medio de un abogado, salvo aquellas que la ley disponga lo contrario o sea solicitada desde el extranjero y los permisos para estudiantes. Entre los requisitos básicos exigidos por la ley podemos mencionar los siguientes:
NOTA: Todos los documentos procedentes del extranjero deben venir legalizados ya sea por autenticación de cónsul de Panamá en el extranjero o debidamente apostillados.
Las siguientes personas no deben pagar depósito de repatriación personas religiosas, estudiantes, los casados con nacionales, los niños menores de 12 años, los jubilados o pensionados y los que así se dispongan las normas especiales.
Se trata una autorización para la entrada y la salida de manera múltiple, la cual es expedida a un extranjero que se encuentra tramitando su residencia. Esta autorización se estampa en el pasaporte del solicitante y puede ser concedida hasta un periodo de 5 años o el tiempo que establezcan las leyes y Decretos migratorios.
El extranjero que solicite una Visa Múltiple, se requiere que esté tramitando un cambio de estatus migratorio de residente temporal a residente permanente o de turista a residente en Panamá.
Esta Visa le permite al extranjero salir y entrar a Panamá las veces que desee, siempre y cuando se mantenga vigente. Si el extranjero se mantiene en el Panamá después que venza en término concedido en la visa se le impondrán sanciones o multas lo mismo aplica para las personas que intentan ingresar con su visa vencida.
NOTA: El no tener estampada una visa múltiple en su pasaporte mientras sus trámites migratorios no hayan sido aprobados, usted puede ser multado con $2,000.00 dólares.
Este trámite puede durar 48 horas a 72 horas.
NOTA: Generalmente se le estampa un permiso válido por 3 meses pero puede ser hasta de un año dependiendo el tipo de visa que usted está aplicando.
HONORARIOS Y GASTOS.
HONORARIOS LEGALES: 200.00
GASTOS: 50.00
REGISTRO DEL PASAPORTE:
Todos los extranjeros que deseen aplicar por una visa o permiso en Panamá, deberán registrar previamente su pasaporte en el Servicio Nacional de Migración.
REQUISITOS: