Para aplicar a esta visa de casado con panameña los solicitantes extranjeros deben haber contraído matrimonio con panameños y deben convivir en condiciones de singularidad, estabilidad y continuidad dentro del lecho conyugal.
El matrimonio de extranjeros con panameños(as), no brinda el derecho de residencia Panamá, tal como lo establecen las leyes migratorias el Servicio Nacional de Migración podrá por razones de salud, integridad, seguridad pública, economía o necesidad social negar la entrada o residencia al país a casados con panameños(as).
Toda la documentación que procede del extranjero debe estar autenticada por cónsul de Panamá en el extranjero o Apostillada.
Requisitos adicionales:
Gastos y Honorarios legales
Primera Fase
Gastos: US$250.00
Costo del trámite
Costo del carné: $50.00
PERMISOS DE DEPENDIENTES DE RESIDENTES PERMANENTES
Las personas que pueden calificar a este permiso son los cónyuges, hijos menores de 18 años familiares con discapacidad y padres dependientes de un residente permanente. Los hijos mayores de 18 años hasta 25 años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre que se mantengan estudiando y se encuentren bajo la dependencia económica del residente o nacional, el residente o nacional que demuestre tener tutela o guarda y crianza de una persona menor de edad podrá incluirlo como su dependiente en Panamá.
El interesado entre 18 y 25 años, deberá entregar:
Honorarios y Gastos
Dependiendo del trámite
Costo del carné: $50.00
Gastos al gobierno: $250.00
Pagos de repatriación: $800.00