Nosotros somos una firma de abogados que brinda asistencia para la obtención de la visa de países de amigos en Panamá.
En el año 2012, el Gobierno de Panamá emitió un Decreto Presidencial número 343 que establece que las personas de 50 países amigas pueden optar por ser residentes permanentes de forma rápida.
A partir de ahí, otros decretos han ido aumentando la cantidad de países amigos a 24 junto con los mismos requisitos para poder aplicar.
Esta visa o permiso es para los países amigos con las relaciones profesionales y económicas con la República de Panamá.
Alemania
Andorra
Argentina
Australia
Austria
Brasil
Bélgica
Canadá
Chile
Chipre
Corea
Costa Rica
Croacia
Dinamarca
España
Estados Unidos de América
Estonia
Eslovaca
Francesa
Finlandia
Grecia
Hungría
Hong Kong
Israel
Irlanda
México
Reino de Los Países Bajos
Japón
Noruega
República Checa
Suiza
Singapur
Uruguay
Suecia
Polonia
Portuguesa
Lituania
Latvia
Malta
Montenegro
Reino Unido (Inglaterra, Escocia y Gales)
Serbia
Sudáfrica
Nuevo Zelanda
Luxemburgo
Liechtenstein
Mónaco
Serenísima República de Marino
Taiwan
Paraguay
Aclaración:
La frase “las relaciones profesionales y económicas con la República de Panamá” significa que los ciudadanos de estos 24 países deben establecer relaciones profesional o económica con Panamá. Podría ser de la siguientes formas: iniciando un nuevo negocio o la compra de un negocio existente o siendo contratado y trabajar para una compañía de Panamá.
Ley 3 de 2008 en virtud del artículo 28 requiere los siguientes documentos de un solicitante:
Al momento que el Servicio Nacional de Inmigración haya emitido una resolución ya sea una aprobación o denegación de la solicitud de residencia de los controles no son reembolsables.
La actividad económica no puede ser una reserva a los nacionales panameños como un negocio al por menor.
La parte (b) es algo que puede ser interpretado por Panamá la inmigración, a su discreción para comprobar la solvencia del solicitante.